tag:blogger.com,1999:blog-1241196758725291534.post272612037646954079..comments2016-02-19T03:07:53.633-08:00Comments on dERECHO AL BLOG: LAS MODALIDADES AGRAVADAS DE LESIONES CULPOSAS: ¿PERSEGUIBLES POR ACCIÓN PRIVADA? La Ley Nº 29439 y la modificación del artículo 124º del Código PenalMiguelo Angelohttp://www.blogger.com/profile/14101966739281079418noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-1241196758725291534.post-32573516678405928772016-02-19T03:07:53.633-08:002016-02-19T03:07:53.633-08:00(y)(y)jhesu / STINGhttps://www.blogger.com/profile/06133248545938272002noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1241196758725291534.post-87595346163406549082016-02-19T03:07:32.562-08:002016-02-19T03:07:32.562-08:00(y)(y)jhesu / STINGhttps://www.blogger.com/profile/06133248545938272002noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1241196758725291534.post-47371390736221823162014-11-13T07:59:36.175-08:002014-11-13T07:59:36.175-08:00La interpretación que aportas es justa, legítima y...La interpretación que aportas es justa, legítima y argumentativa, pero no ajustada a derecho. Si bien todos los operadores de justicia se han acogido a esa interpretación (felizmente, para esta sociedad y su incultura), debemos recordar que las interpretaciones que perjudican a los imputados (investigados, acusados o reos), aunque no están prohibidos-como sí lo está la analogía in malam partem- no son deseables en el derecho Penal. Es evidente que una investigación llevada a cabo por el Ministerio Público resulta más gravoso y perjudicial para el denunciado, ya que el MP se enfoca primordialmente en demostrar la responsabilidad y solicitar una sanción penal, y accesoriamente una reparación civil; en cambio un particular se enfoca en la reparación civil o indemnización y accesoriamente en la pena. Por otro lado recordemos que el derecho penal tiene carácter subsidiario y residual (última ratio), por lo cual solo debe emplearse cuando no existan otros medios menos lesivos para el individuo, que pongan solución al daño, ponga fin o repare el derecho conculcado.Argeniohttps://www.blogger.com/profile/12493773089371628486noreply@blogger.com